Prescripción en delitos de tránsito: fallo Corte Suprema Rol 61.563-2024

Introducción

Los delitos de tránsito (Ley 18.290 Refundido en DFL 1) suelen investigarse con rapidez debido a su naturaleza y a la inmediatez de la prueba pericial, pero no siempre se formalizan oportunamente. El fallo Rol 61.563-2024 de la Exma. Corte Suprema aborda precisamente esta problemática, reafirmando la doctrina de que la formalización constituye el único hito suspensivo de la prescripción penal. Este precedente tiene consecuencias directas para causas de tránsito donde el Ministerio Público ha demorado años en judicializar los cargos, permitiendo que transcurra el plazo legal de cinco años aplicable a los simples delitos.

Hechos Relevantes

Los hechos ocurrieron el 08 de diciembre de 2018, cuando el imputado habría conducido un vehículo en estado de ebriedad causando lesiones a terceros, sin contar además con licencia de conducir. La formalización de la investigación se realizó recién el 25 de abril de 2024, más de cinco años después de ocurridos los hechos. Durante ese extenso período, el Ministerio Público mantuvo la investigación activa pero sin formalizar, lo que motivó la interposición de una acción (recurso) de amparo constitucional por parte de la defensa.

Delitos imputados

Los cargos correspondían a dos ilícitos tipificados en la Ley N° 18.290 de Tránsito:

  • Manejo en estado de ebriedad causando lesiones (artículo 196): Este delito se sanciona con pena de presidio menor en su grado medio cuando se causan lesiones menos graves o simplemente graves, constituyendo un simple delito.
  • Conducción sin licencia de conducir (artículo 110): La conducción sin haber obtenido la licencia correspondiente también constituye simple delito cuando se requiere licencia profesional.

Ambos ilícitos se encuentran en la categoría de simples delitos, por lo que el plazo de prescripción aplicable es de cinco años conforme al artículo 94 del Código Penal.

Decisión de la Corte Suprema

La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió la acción de amparo y estableció cuatro fundamentos esenciales:

  • La acción penal estaba prescrita al momento de formalizar: Al haber transcurrido más de cinco años entre la comisión de los hechos (diciembre 2018) y la formalización (abril 2024), la acción penal se encontraba extinguida por el solo ministerio de la ley.
  • La denuncia o actuaciones previas no suspenden el plazo: Conforme al artículo 233 del Código Procesal Penal, solo la formalización de la investigación suspende el curso de la prescripción. Ni la denuncia, ni la solicitud de formalización, ni otras diligencias investigativas tienen aptitud legal para detener el cómputo del plazo.
  • Prohibición de interpretación analógica: El artículo 5 del Código Procesal Penal prohíbe expresamente la analogía in malam partem, impidiendo que se homologuen actuaciones distintas a la formalización como hitos suspensivos.
  • Se acoge el amparo y se ordena audiencia para discutir el sobreseimiento definitivo: La Corte ordenó al Juzgado de Garantía de Iquique fijar una audiencia inmediata para debatir la procedencia de declarar la prescripción y dictar el sobreseimiento definitivo.

Relevancia práctica

Este fallo es especialmente útil en causas de tránsito donde la investigación se prolonga sin avances significativos, situación que ocurre con frecuencia en delitos que no revisten gravedad extrema. La doctrina consolidada establece que la defensa puede solicitar la prescripción incluso antes del cierre formal de la investigación, mediante el recurso de amparo constitucional como vía idónea para impugnar formalizaciones extemporáneas. El criterio aplica a todo simple delito de tránsito, incluyendo casos de manejo en estado de ebriedad y conducción sin licencia donde hayan transcurrido más de cinco años desde la ocurrencia de los hechos.

Para un alcance global de estos criterios jurisprudenciales, le invitamos a consultar nuestro análisis sobre Evolución de la Doctrina de la Sala Penal sobre Prescripción 2024-2025, donde este caso se analiza junto a otros hitos recientes.

¿Tienes una causa de tránsito pendiente?

Si tu caso fue formalizado años después de los hechos, podemos revisar si corresponde solicitar la prescripción de la acción penal mediante recurso de amparo o petición de sobreseimiento definitivo.

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